absolución
/ab.so.luˈθjon/
ab-so-lu-ción · noun feminine · oxytone
Definiciones
noun
- 1.
[derecho]Declaración judicial que libera a un acusado de los cargos que se le imputaban.
- 2.
[religión]Perdón de los pecados que el sacerdote otorga en el sacramento de la confesión.
- 3.
Acción de liberar a alguien de una obligación o culpa.
Formas
plural: absoluciones
Etimología
Del latín absolutiōnem, acusativo de absolutio ("liberación, perdón"), derivado de absolvĕre ("desatar, liberar"). El sentido jurídico y religioso se desarrolló en el latín eclesiástico y medieval.