absolución

/ab.so.luˈθjon/

ab-so-lu-ción · noun feminine · oxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    [derecho]Declaración judicial que libera a un acusado de los cargos que se le imputaban.

  2. 2.

    [religión]Perdón de los pecados que el sacerdote otorga en el sacramento de la confesión.

  3. 3.

    Acción de liberar a alguien de una obligación o culpa.

Formas

plural: absoluciones

Etimología

Del latín absolutiōnem, acusativo de absolutio ("liberación, perdón"), derivado de absolvĕre ("desatar, liberar"). El sentido jurídico y religioso se desarrolló en el latín eclesiástico y medieval.