amnistia

/am.nisˈti.a/

am-nis-tí-a · noun feminine · paroxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    [derecho]Perdón general de delitos políticos concedido por el poder legislativo, que extingue la responsabilidad penal y borra el delito como si nunca hubiera existido.

  2. 2.

    Olvido legal de delitos que suprime su punibilidad.

Formas

plural: amnistías

Expresiones y refranes

  • amnistía fiscal — Medida que permite regularizar deudas tributarias sin sanciones.
  • ley de amnistía — Norma legal que establece el perdón de determinados delitos.
  • amnistía general — Perdón que abarca a todos los implicados en ciertos delitos.

Palabras relacionadas

Antónimos: castigo, condena
Ver también: condena, gracia
Sinónimos: gracia

Etimología

Del griego amnēstía (ἀμνηστία, "olvido"), compuesto de a- (privativo) y mnēstis ("recuerdo"), de la misma raíz que amnesia. Literalmente significa "sin recuerdo", pues la amnistía implica el olvido legal del delito.