amnistia
/am.nisˈti.a/
am-nis-tí-a · noun feminine · paroxytone
Definiciones
noun
- 1.
[derecho]Perdón general de delitos políticos concedido por el poder legislativo, que extingue la responsabilidad penal y borra el delito como si nunca hubiera existido.
- 2.
Olvido legal de delitos que suprime su punibilidad.
Formas
plural: amnistías
Expresiones y refranes
- •amnistía fiscal — Medida que permite regularizar deudas tributarias sin sanciones.
- •ley de amnistía — Norma legal que establece el perdón de determinados delitos.
- •amnistía general — Perdón que abarca a todos los implicados en ciertos delitos.
Palabras relacionadas
Etimología
Del griego amnēstía (ἀμνηστία, "olvido"), compuesto de a- (privativo) y mnēstis ("recuerdo"), de la misma raíz que amnesia. Literalmente significa "sin recuerdo", pues la amnistía implica el olvido legal del delito.