decreto

/deˈkɾeto/

de-cre-to · noun masculine · paroxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    Disposición o resolución dictada por una autoridad gubernamental sobre una materia de su competencia.

  2. 2.

    [derecho]Resolución judicial que decide cuestiones de trámite o secundarias.

  3. 3.

    Decisión o determinación tomada por quien tiene autoridad para ello.

Formas

plural: decretos

Expresiones y refranes

  • decreto ley — Norma con rango de ley dictada por el gobierno en situaciones de urgencia.
  • real decreto — En monarquías, decreto firmado por el rey.
  • decreto de urgencia — Disposición gubernamental de aplicación inmediata.
  • por decreto — De manera autoritaria, sin consenso.
  • gobernar por decreto — Ejercer el poder de forma unilateral.

Etimología

Del latín decrētum ("decisión, resolución"), participio neutro sustantivado de decernĕre ("decidir, resolver"). En el derecho romano, los decretos eran decisiones del emperador o del Senado.