embargo

/emˈbaɾɣo/

em-bar-go · noun masculine · paroxytone

imported

Definiciones

noun

  1. 1.

    Retención o secuestro judicial de bienes como garantía de pago de una deuda.

  2. 2.

    Prohibición del comercio y transporte de mercancías decretada por un gobierno.

  3. 3.

    Impedimento u obstáculo para algo.

Formas

plural: embargos

Expresiones y refranes

  • sin embargo — Locución adversativa que introduce una objeción o contraste con lo dicho anteriormente.
  • levantar el embargo — Anular la retención de bienes o la prohibición comercial.
  • embargo preventivo — Medida cautelar para asegurar el cumplimiento de una obligación.
  • embargo ejecutivo — Retención de bienes tras una sentencia judicial firme.

Etimología

Del verbo embargar, derivado del latín tardío imbarricare ("cerrar con barras"), formado sobre el germánico \barjan* ("cerrar, obstruir") a través del gótico. El sustantivo se formó por derivación regresiva del verbo.