indulto
/inˈdul.to/
in-dul-to · noun masculine · paroxytone
Definiciones
noun
- 1.
Gracia que exime total o parcialmente de una pena o la conmuta.
- 2.
[tauromaquia]Perdón de la vida a un toro por su bravura en la lidia.
Formas
plural: indultos
Expresiones y refranes
- •indulto general — El que se concede a un grupo de personas.
- •indulto particular — El que se concede a una persona específica.
Etimología
Del latín indultum, participio neutro sustantivado de indulgere ("conceder, perdonar"). En derecho, se distingue de la amnistía en que el indulto perdona la pena pero no borra el delito.