jurisprudencia

/xu.ɾis.pɾuˈðen.θja/

ju-ris-pru-den-cia · noun feminine · paroxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    Conjunto de sentencias y resoluciones de los tribunales que sirven como criterio para interpretar y aplicar las leyes.

  2. 2.

    Ciencia del derecho; estudio teórico y práctico de las leyes.

  3. 3.

    Criterio o doctrina que se establece a partir de las decisiones judiciales reiteradas.

Formas

plural: jurisprudencias

Expresiones y refranes

  • sentar jurisprudencia — Establecer un criterio legal que sirve de precedente.
  • según jurisprudencia — Conforme a las decisiones judiciales anteriores.

Etimología

Del latín iūrisprūdentia ("conocimiento del derecho"), compuesto de iūris (genitivo de iūs, "derecho") y prūdentia ("sabiduría, conocimiento"), de prūdēns ("prudente, sabio").