jurisprudencia
/xu.ɾis.pɾuˈðen.θja/
ju-ris-pru-den-cia · noun feminine · paroxytone
Definiciones
noun
- 1.
Conjunto de sentencias y resoluciones de los tribunales que sirven como criterio para interpretar y aplicar las leyes.
- 2.
Ciencia del derecho; estudio teórico y práctico de las leyes.
- 3.
Criterio o doctrina que se establece a partir de las decisiones judiciales reiteradas.
Formas
plural: jurisprudencias
Expresiones y refranes
- •sentar jurisprudencia — Establecer un criterio legal que sirve de precedente.
- •según jurisprudencia — Conforme a las decisiones judiciales anteriores.
Etimología
Del latín iūrisprūdentia ("conocimiento del derecho"), compuesto de iūris (genitivo de iūs, "derecho") y prūdentia ("sabiduría, conocimiento"), de prūdēns ("prudente, sabio").