juzgado

/xuθˈɣa.ðo/

juz-ga-do · noun masculine · paroxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    Tribunal de un solo juez que conoce de asuntos civiles o penales de menor importancia.

  2. 2.

    Edificio u oficina donde se administra justicia.

  3. 3.

    Territorio sobre el que un juez ejerce jurisdicción.

  4. 4.

    [participio/adjetivo]Que ha sido sometido a juicio o sentencia.

Formas

plural: juzgados

Expresiones y refranes

  • juzgado de guardia — Tribunal que atiende asuntos urgentes fuera del horario normal.
  • juzgado de instrucción — Encargado de investigar delitos.
  • juzgado de lo penal — Conoce de delitos menos graves.
  • juzgado de primera instancia — Tribunal civil de primera fase.

Etimología

Del latín iūdicātum ("lo juzgado, sentencia"), participio neutro de iūdicāre ("juzgar"), derivado de iūdex ("juez").