mandato
/manˈda.to/
man-da-to · noun masculine · paroxytone
Definiciones
noun
- 1.
Orden o precepto que una autoridad impone a sus súbditos.
- 2.
Período durante el cual una persona ejerce un cargo por elección.
- 3.
[derecho]Contrato por el cual una persona encarga a otra la realización de actos jurídicos en su nombre.
- 4.
[política]Encargo que los electores dan a sus representantes.
Formas
plural: mandatos
Etimología
Del latín mandatum ("encargo, orden"), participio pasivo de mandare ("ordenar, encargar").