mandato

/manˈda.to/

man-da-to · noun masculine · paroxytone

imported

Definiciones

noun

  1. 1.

    Orden o precepto que una autoridad impone a sus súbditos.

  2. 2.

    Período durante el cual una persona ejerce un cargo por elección.

  3. 3.

    [derecho]Contrato por el cual una persona encarga a otra la realización de actos jurídicos en su nombre.

  4. 4.

    [política]Encargo que los electores dan a sus representantes.

Formas

plural: mandatos

Etimología

Del latín mandatum ("encargo, orden"), participio pasivo de mandare ("ordenar, encargar").