preclusión
/pɾe.klu.ˈsjon/
pre-clu-sión · noun feminine · oxytone
Definiciones
noun
- 1.
[derecho]Pérdida de la facultad de realizar un acto procesal por haber transcurrido el plazo legal establecido.
- 2.
[derecho]Principio procesal por el cual las etapas del proceso se cierran definitivamente.
Formas
plural: preclusiones
Etimología
Del latín praeclūsio, -ōnis ("acción de cerrar"), derivado de praeclūdere ("cerrar el paso"), compuesto de prae- ("delante") y claudere ("cerrar"). Término técnico del derecho procesal.