preclusión

/pɾe.klu.ˈsjon/

pre-clu-sión · noun feminine · oxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    [derecho]Pérdida de la facultad de realizar un acto procesal por haber transcurrido el plazo legal establecido.

  2. 2.

    [derecho]Principio procesal por el cual las etapas del proceso se cierran definitivamente.

Formas

plural: preclusiones

Etimología

Del latín praeclūsio, -ōnis ("acción de cerrar"), derivado de praeclūdere ("cerrar el paso"), compuesto de prae- ("delante") y claudere ("cerrar"). Término técnico del derecho procesal.