quórum
/ˈko.ɾum/
quó-rum · noun masculine · paroxytone
Definiciones
noun
- 1.
[derecho, política]Número mínimo de miembros que deben estar presentes en una asamblea o junta para que sus deliberaciones y acuerdos sean válidos.
- 2.
Proporción de votos necesarios para aprobar una moción o decisión.
Formas
plural: quórums
Etimología
Del latín quōrum ("de los cuales"), genitivo plural del pronombre relativo qui. Proviene de la fórmula legal inglesa quorum vos ... unum esse volumus ("de los cuales queremos que vosotros seáis uno"), usada en las comisiones de jueces de paz.