subsidiariedad

/suβsiðjaɾjeˈðað/

sub-si-dia-rie-dad · noun feminine · oxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    [política, derecho]Principio según el cual las decisiones deben tomarse en el nivel más cercano posible al ciudadano, y las instancias superiores solo deben intervenir cuando las inferiores no pueden resolver el asunto.

  2. 2.

    [filosofía social]Doctrina que defiende que el Estado no debe asumir funciones que pueden realizar las personas o grupos intermedios.

Formas

plural: subsidiariedades

Etimología

Derivado de subsidiario con el sufijo -dad, que forma sustantivos abstractos de cualidad. Concepto desarrollado en la doctrina social católica del siglo XX y adoptado posteriormente en el derecho europeo.