subsidiariedad
/suβsiðjaɾjeˈðað/
sub-si-dia-rie-dad · noun feminine · oxytone
Definiciones
noun
- 1.
[política, derecho]Principio según el cual las decisiones deben tomarse en el nivel más cercano posible al ciudadano, y las instancias superiores solo deben intervenir cuando las inferiores no pueden resolver el asunto.
- 2.
[filosofía social]Doctrina que defiende que el Estado no debe asumir funciones que pueden realizar las personas o grupos intermedios.
Formas
plural: subsidiariedades
Etimología
Derivado de subsidiario con el sufijo -dad, que forma sustantivos abstractos de cualidad. Concepto desarrollado en la doctrina social católica del siglo XX y adoptado posteriormente en el derecho europeo.