tribunal

/tɾi.βuˈnal/

tri-bu-nal · noun masculine · oxytone

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Definiciones

noun

  1. 1.

    Órgano judicial encargado de administrar justicia y dictar sentencias.

  2. 2.

    Lugar donde se reúnen los jueces para administrar justicia.

  3. 3.

    Conjunto de jueces o personas que examinan o juzgan algo.

  4. 4.

    [figurado]Instancia ante la que se rinde cuentas.

Formas

plural: tribunales

Expresiones y refranes

  • Tribunal Supremo — Máximo órgano judicial de un país.
  • tribunal de justicia — Órgano que administra justicia.
  • llevar a los tribunales — Denunciar, demandar judicialmente.
  • tribunal de la Inquisición — Institución histórica que juzgaba delitos religiosos.

Palabras relacionadas

Ver también: juicio
Sinónimos: corte

Etimología

Del latín tribūnal ("estrado del tribuno, plataforma elevada para los magistrados"), derivado de tribūnus ("tribuno"). Originalmente designaba la plataforma desde donde los magistrados romanos impartían justicia.